Por Rebeca Perli
Entre las distintas clases de leyes que existen están las naturales las cuales "se caen por su propio peso", como la Ley de Gravedad, pero, por lo general, la palabra ley está vinculada a jurisprudencia y una de sus acepciones dice que se trata de "una norma jurídica dictada por el legislador". En el artículo 1° del Código Civil de Chile, Don Andrés Bello la definió como "Una declaración de la voluntad soberana que, manifestada en la forma prescrita por la Constitución, manda, prohíbe o permite". También se le define como "un precepto establecido por la autoridad competente, en que se manda o prohíbe algo en consonancia con la justicia"; su incumplimiento amerita aplicar al transgresor todo el peso de la ley.
Pero hay instancias en que "la autoridad competente" se adjudica el derecho de enunciar leyes con el único propósito de legalizar sus proyectos personales, por lo general subrepticios. Tal es el caso de las Leyes de Nuremberg -de cuya promulgación se cumplen mañana 75 años- las cuales fueron ideadas con el único fin de justificar la persecución y exterminación del pueblo judío. En su libro Los juristas del horror Ingo Müller analiza cómo Hitler y sus secuaces se ampararon en la "ley" para perpetrar sus perversos planes obligando además a la "justicia" a plegarse a sus designios.
Con las Leyes de Nuremberg quedó claro que la palabra "ley" no siempre es cónsona con el espíritu de su definición. En el régimen nazi, no solo los legisladores, también los jueces debían cumplir órdenes superiores, en lo que muchos se escudaron para justificar su actitud hasta que, en 1945, siempre en Nuremberg, se iniciaron los juicios en los que se dictó sentencia contra los perpetradores de los crímenes cometidos.